> Departamento técnico de ASPROCAN: Modificación condiciones de uso Movento Gold

miércoles, 21 de enero de 2015

Modificación condiciones de uso Movento Gold

Desde la publicación del registro del Movento en noviembre se ha trabajado desde ASPROCAN para obtener una modificación de las condiciones de uso. Para ello hemos realizado reuniones con Sanidad Vegetal de la Consejería de Agricultura, Directivos de la casa Bayer (titular del producto) y se ha enviado solicitud formal al Ministerio. Dicha solicitud fue presentada además por la Comunidad Autónoma en el Comité Fitosanitario Nacional.

Como respuesta, el Ministerio argumentó las limitaciones del producto y esbozó las líneas de las condiciones de uso que aceptarían. La Consejería junto con el Comité Técnico de ASPROCAN redactó las que finalmente han sido aceptadas como condiciones de uso del MOVENTO GOLD.

La resolución emitida por el Ministerio con la modificación de las condiciones de uso del MOVENTO GOLD queda expresada de la siguiente manera:

Aplicar durante el periodo vegetativo hasta la emisión de la hoja brácteal y desde la caída de pistilos en todo el racimo (desflorillado manual y/o caída natural ), con o sin embolsado, hasta recolección.

No aplicar desde la emisión del racimo (aparición hoja brácteal) hasta caída de pistilo en todo el racimo (desflorillado manual y/o caída natural ).