> Departamento técnico de ASPROCAN: julio 2024

viernes, 26 de julio de 2024

Plan de Contingencia de Foc RT4.

El Ministerio de agricultura ha publicado el Plan de Contingencia de FocTR4 (Fusarium oxysporum f.sp. cubense Raza Tropical 4), plaga cuarentenaria en las Islas Canarias, con objetivo de impedir su aparición en las islas, y en caso de que aparezca, actuar con rapidez y eficacia.

El plan proporciona directrices específicas sobre: 
  • La organización y responsabilidades de los grupos de interés implicados en el plan. 
  • Las disposiciones legales de la plaga, antecedentes y síntomas. 
  • Los factores relevantes a la prevención, detección, daños y control de la plaga. 
  • Procedimientos de erradicación, incluyendo medidas oficiales (realizadas por la Autoridad Competente). 

Se trata de un documento muy importante ya que el TR4 es actualmente la enfermedad más devastadora para el cultivo del plátano a nivel mundial y Canarias se encuentra libre de dicha raza tan agresiva.

Este documento ha sido desarrollado gracias el departamento de Sanidad Vegetal de la Consejería de Agricultura del Gobierno de Canarias y el Instituto Canario de Investigaciones Agrarias (ICIA).

Para descargar el documento completo pinchar en la imagen

viernes, 5 de julio de 2024

Inspecciones de condicionalidad

Recientemente se ha publicado el RD 567/2024 de 18 de junio, por el que se modifica el Real Decreto 1049/2022, de 27 de diciembre, por el que se establecen las normas para la aplicación de la condicionalidad reforzada y de la condicionalidad social que deben cumplir las personas beneficiarias de las ayudas en el marco de la Política Agrícola Común que reciban pagos directos, determinados pagos anuales de desarrollo rural y del Programa de Opciones Específicas por la Lejanía y la Insularidad (POSEI). 


El artículo 5 expone:
 

 

«Las comunidades autónomas, sin perjuicio de las competencias que puedan corresponder a la Administración General del Estado, establecerán un sistema de control de la condicionalidad reforzada con el fin de comprobar que las personas beneficiarias de las ayudas que figuran en el artículo 1 y cuya explotación es superior a las 10 hectáreas de superficie agraria declarada, cumplan las obligaciones establecidas en los anexos I y II.» 

 

Esto significa que los productores con una superficie de cultivo total igual o inferior a 10 hectáreas y que soliciten ayudas consideradas pagos directos para todos o algunos de sus cultivos, no serán sometidos a inspecciones de condicionalidad. 

 

La condicionalidad reforzada es un conjunto de obligaciones de la PAC en forma de Requisitos Legales de Gestión (RLG) y de Buenas Condiciones Agrarias y Medioambientales (BCAM), que han de cumplir las personas beneficiarias de esta política para no ver reducidas sus ayudas. 

La condicionalidad reforzada incluye las obligaciones derivadas del periodo anterior y nuevas normas sustituyendo así el sistema tradicional de condicionalidad que se venía aplicando. 


Esta novedad con respecto a las inspecciones de condicionalidad no exime del cumplimiento de la normativa vigente, que podrá ser controlada mediante las inspecciones que ya se venían realizando por parte de la Consejería dentro del programa nacional de control oficial de la higiene de la producción primaria agrícola y del uso de productos fitosanitarios, además de las normas de sanidad animal.