Ha sido publicado el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/360 de la Comisión, de 28 de febrero de 2017, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) nº 540/2011 en lo relativo a las condiciones de aprobación de la sustancia activa buprofezina.
Según este Reglamento la Comisión ha considerado que en condiciones de procesamiento a alta temperatura, la buprofezina se degrada en varios metabolitos, incluida la anilina. La anilina es un carcinógeno respecto al cual no puede excluirse un mecanismo genotóxico y, en consecuencia, no cabe suponer un umbral de exposición aceptable.
Por tanto correspondiente a la buprofezina el Reglamento de Ejecución (UE) n.o 540/2011 se sustituye por el texto siguiente:
"Solo se podrán autorizar los usos como insecticida y acaricida en cultivos no comestibles."
Los Estados miembros modificarán o retirarán, según proceda, las autorizaciones vigentes de productos fitosanitarios que contengan la sustancia activa buprofezina a más tardar el 21 de junio de 2017.