- las sustancias semioquímicas (incluyendo las feromonas) que quedan excentas de registro y se consideran MDF siempre y cuando se utilicen como mecanismo de monitoreo.
- al plazo de fabricación, comercialización, venta y uso de productos anteriormente inscritos como MDF, como por ejemplo los bioestimulantes, que pasa de 18 a 36 meses, contados desde la fecha de notificación de la resolución de cancelación de la inscripción del producto en el registro.